Regulaciones para el Movimiento de Ganado ante la Lengua Azul y la EHE

ugamcoag

3 Jun, 2024

Tras consultas realizadas por UGAM-COAG al Servicio de Sanidad y Bienestar Animal sobre movimientos de ganado ante Lengua Azul y Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE), se ha comunicado lo siguiente:

  1. Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE):
    • A nivel nacional, no hay restricciones para el movimiento de ganado, excepto si se dirigen a Canarias o Baleares. En estos casos, se aplica el Reglamento.
    • A nivel comunitario, se firman acuerdos bilaterales entre países o se aplica directamente el Reglamento. Esto se aplica especialmente a Italia, Francia y Portugal.
    • Para los movimientos entre zonas con restricciones, se requiere un informe veterinario que certifique la ausencia de síntomas. Dado que se trata de un TRACES, es necesario realizar una visita veterinaria.
    • En los movimientos entre zonas restringidas y zonas libres (como la UE o Baleares y Canarias), los animales no deben presentar signos clínicos durante una inspección realizada en las 48 horas previas al envío.
    • Además, deben haber estado protegidos contra vectores mediante insecticidas o repelentes durante al menos 14 días antes del desplazamiento. También se requiere una prueba de RCP con resultados negativos en muestras recogidas al menos 14 días después de la fecha de protección contra vectores. Los medios de transporte también deben ser desinsectados.
  2. Lengua Azul:
    • El período de flexibilización para las Comunidades Autónomas (CCAA) que se incorporaron a la zona restringida en el último trimestre de 2023 (como Asturias, Cantabria y las provincias de A Coruña y Lugo) se amplió hasta el 30 de junio.
    • Hasta el 30 de junio, los animales no necesariamente deben estar vacunados para los movimientos nacionales. Sin embargo, deben ir desinsectados junto con los medios de transporte.
    • A partir del 30 de junio, es obligatorio que los animales estén vacunados o que los menores de 4 meses provengan de madres vacunadas. Esto se aplica a los movimientos de zona restringida a zona libre.
    • También es posible el movimiento de animales no vacunados siguiendo el mismo protocolo que para la EHE a partir del 30 de junio.
    • Por ejemplo, si un ganadero quiere ir a un comunal dentro de Cantabria, podrá hacerlo sin vacunar contra la lengua azul hasta el 30 de junio. Sin embargo, a partir de esa fecha, se aplicará una restricción y no podrá realizar ningún movimiento, excepto para regresar a su lugar de origen.

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