PLAN RENOVE MAQUINARIA AGRÍCOLA: PUBLICADO EL REAL DECRETO DE MODIFICACIONES EN LAS SUBVENCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE MAQUINARIA AGRÍCOLA

ugamcoag

25 Abr, 2024

El Real Decreto 408/2024, publicado el 23 de abril, introduce modificaciones al Real Decreto 1055/2021 que establece las bases reguladoras para las subvenciones estatales destinadas a la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.

Las principales novedades son las siguientes:

  1. Tipos de Maquinaria Subvencionable:
    • Tractores agrícolas: Los agricultores podrán recibir subvenciones para la adquisición de tractores utilizados en actividades agrícolas.
    • Máquinas automotrices: Se incluyen equipos de recolección, aplicación de productos fitosanitarios, aplicación de fertilizantes, cisternas para purines y equipos de manipulación y carga.
    • Máquinas arrastradas y suspendidas: Sembradoras directas, cisternas para purines, abonadoras, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos vegetales y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales.
    • Otros tipos de máquinas: Aquellas que han obtenido la marca de calidad según el Real Decreto 448/2020 y han sido certificadas por sus prestaciones, eficiencia agronómica o protección ambiental.
    • Equipos de agricultura de precisión: Los requisitos documentales para estos equipos se especificarán en cada convocatoria.
  2. Documentación y Requisitos:

Maquinaria que puede ser reemplazada

  • Tractores agrícolas: Deben ser del mismo tipo que la maquinaria adquirida.
  • Máquinas automotrices y arrastradas: Incluyen equipos de recolección, aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, cisternas para purines, y más.
  • Alternativas de Sustitución: Para equipos de manipulación y carga, se admite un tractor con pala cargadora. Para trituradoras de residuos vegetales y equipos de mantenimiento de cubiertas vegetales, se aceptan cultivadores, gradas, arados de cincel o arados intercepas.
  • Condiciones de Uso:
    • La maquinaria debe estar en condiciones de uso y no de abandono en la fecha de solicitud de la subvención.
    • La ITV debe estar en vigor y favorable, o con el defecto de “estructura de protección no homologada” en tractores. Se admite ITV caducada por un período máximo de dos años.
  • Proceso de Entrega y Baja:
    • La maquinaria debe ser entregada en un centro autorizado conforme al Real Decreto 265/2021.
    • Debe solicitarse la baja en el ROMA y realizar el achatarramiento antes del 15 de noviembre del año de la solicitud.
    • Si la maquinaria está inscrita en el Registro de Vehículos, debe causar baja definitiva en él.
  • Requisitos de Antigüedad y Registro en el ROMA:
    • Tractores: Deben estar inscritos en el ROMA con una antigüedad mínima de 15 años y haber mantenido la inscripción a nombre del solicitante desde al menos el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
    • Máquinas automotrices: Deben estar inscritas en el ROMA con una antigüedad mínima de 10 años y haber mantenido la inscripción a nombre del solicitante desde al menos el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
    • Otras máquinas: Sembradoras, cisternas para purines, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, abonadoras, trituradoras de residuos vegetales, y equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales deben haber mantenido la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante desde al menos el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
  • Excepciones a la Regla de Antigüedad:
    • Se exceptúa la antigüedad de la inscripción en el ROMA en casos de transmisión o cambio de titularidad de la explotación, fallecimiento, invalidez permanente o jubilación del anterior titular, o si se trata de un joven agricultor con incorporación reciente.
    • La maquinaria puede estar inscrita a nombre del solicitante con posterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria si se justifica alguna de las excepciones contempladas.
  • Casos Especiales:
    • En el caso de tractores de más de 40 años sin estructura de protección homologada, se permite que la máquina a achatarrar conste con la titularidad del anterior propietario si se encuentra en una de las excepciones o se trata de un familiar de primer grado.

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