Se han convocado ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra para el año 2024.
La ayuda se tramita y registra en las Oficinas Comarcales de la Consejería
FECHA DE FIN DE PLAZO:19 DE AGOSTO.
BDNS (Identif.): 773928
ANEXO I. SOLICITUD:
https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2024/07/Solicitud-Convc-2024-Orden-DES-021-2024-1.pdf
ANEXO II:
ENLACE A LA SEDE ELECTRÓNICA CON TODA LA INFORMACION COMPLETA:
Leer más: CONVOCATORIA DE AYUDAS DE MÍNIMIS PARA LA PRODUCCIÓN LECHERA EN CANTABRIA 2024DESCARGAR ORDEN COMPLETA:
https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2024/07/2024-5832.pdf
Beneficiarios
- Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, que sean titulares de una explotación de ganado vacuno, ovino y/o caprino inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria y que entreguen leche cruda a la industria o la transformen directamente en la explotación (venta directa).
- No serán beneficiarias las explotaciones dedicadas exclusivamente a la recría de terneras, corderas o cabritas de aptitud lechera.
- Las explotaciones deben cumplir la normativa legal vigente en materia de medio ambiente, bienestar y sanidad animal, identificación y registro de animales, y especialmente en materia de higiene de la producción primaria.
Objeto
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para el apoyo a la producción lechera ligada a tierra en las explotaciones de ganado vacuno, ovino y caprino en Cantabria en 2024.
Bases Reguladoras
Orden DES/21/2024, de 4 de junio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de mínimis para el apoyo a la producción lechera del ganado vacuno, ovino y caprino ligada a tierra en Cantabria (BOC nº 113, de 12 de junio de 2024).
Cuantía
La concesión de estas ayudas se financiará con un máximo de 730.000 euros de los Presupuestos Generales de Cantabria para 2024. Los criterios de cuantificación de la ayuda serán los siguientes:
- 25 euros por UGM para explotaciones con densidad ganadera inferior a 2 UGMs/Ha.
- 15 euros por UGM para explotaciones con densidad ganadera entre 2 y 3 UGMs/Ha.
- 10 euros por UGM para explotaciones con densidad ganadera igual o superior a 3 UGMs/Ha.
- 100 euros adicionales por UGM de bovino de raza pasiega en ordeño.
La ayuda máxima por explotación no sobrepasará los 6.000 euros por año.
Plazo de Presentación de Solicitudes
Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería y se presentarán en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, en las Oficinas Comarcales de esta Consejería o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018. El plazo de presentación será de un mes a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
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