Asunto:confirmación de movimientos de entrada de animales a REMO.
Se recuerda la obligación de los titulares de los animales de confirmar los movimientos de entrada de animales en su explotación en un plazo máximo de 7 días desde que ésta se produce. En el caso de equinos esta comunicación podrá hacerse al organismo que expidió el documento de identificación. La no confirmación en plazo de los movimientos de entrada de los animales constituirá un incumplimiento a la hora de percibir las ayudas de la PAC asociadas a la ganadería.
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