mayo 28, 2020
UGAM-COAG.
Os informamos que si bien en el Real Decreto por el que se aprobó el Estado de Alarma se acordaba la susvpensión de los plazos administrativos desde ese momento y se señalaba que esa suspensión de mantendría mientras estuviese vigente el Estado de Alarma, este sábado se ha publicado en el BOE el Real Decreto 537/2020, a través del cual (aparte de prorrogarse el Estado de Alarma hasta el 7 de junio) se deroga la Disposición del primer Real Decreto que establecía esa suspensión de plazos administrativos.
De acuerdo con lo anterior, CON EFECTOS DESDE EL 1 DE JUNIO se reinicia el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos.
Por otra parte, también os informamos de que los plazos procesales (procedimientos judiciales) también se reanudan, a partir del 4 de junio de 2020.
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