Fin de plazo de presentación de solicitudes: 30 de abril de 2024
ACCIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Será acción subvencionable la cotización ininterrumpida en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en una Mutualidad de colegio profesional de Cantabria durante los tres años anteriores a la publicación del extracto de convocatoria en el “Boletín Oficial de Cantabria” y hasta un máximo de cinco años.
La cuantía de la subvención será:
a) 2.750 euros: en el caso de hombres no comprendidos en los restantes apartados.
b) 3.500 euros: en el caso de mujeres no comprendidas en los restantes apartados.
c) 4.250 euros: en el caso de personas con discapacidad, personas jóvenes menores de 35 años o personas con 45 o más años de edad.
d) 4.450 euros: en el caso de mujeres víctimas de violencia de género.
Más documentación:
– Informe de código de cuenta de cotización o de inexistencia de inscripción como empresario en la Seguridad Social, referido al día de publicación del extracto de convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria».
– Declaración Censal presentada ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o Certificado de situación censal expedido por la citada Agencia, en la que figure el Domicilio Fiscal o el local determinado en el que la misma se ubica.
– En el caso de ser persona socia de una sociedad, deberá presentar escritura de constitución, estatutos o cualquiera otra documentación acreditativa de su pertenencia a dicha sociedad.
Enlace resumen dirección trabajo Cantabria
Anexo I solicitud:
https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2024/04/INT-03-062-ANEXO-I-2024_RD.pdf
Anexo II:
https://www.ugamcoag.org/wp-content/uploads/2024/04/INT-03-063-ANEXO-II-2024_RD.pdf
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