En el proceso judicial participaron como demandadas la Administración del Estado y varias organizaciones agrarias, entre ellas COAG
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil) contra el Real Decreto 374/2022, que regula las condiciones de contratación en el sector lácteo. La controversia giraba en torno a la obligación de que el precio acordado entre las partes en los contratos del sector lácteo cubriera el coste de producción.
El fallo del Supremo considera que esta medida es proporcional desde la perspectiva del derecho europeo y constitucional.
Asimismo, recuerda que el sector agroalimentario, y en particular el sector lácteo, enfrenta una vulnerabilidad debido al carácter perecedero y no almacenable del producto, así como a la atomización de los agentes involucrados en las distintas fases productivas. La obligación de que el precio cubra el coste efectivo de producción busca evitar prácticas desleales en detrimento de los productores, considerados la parte más débil de la cadena.
En resumen, el Supremo considera que esta medida es adecuada para fortalecer el poder de negociación de los productores y reequilibrar su posición en la cadena alimentaria. El objetivo último es alcanzar una libertad de negociación real y una competencia efectiva, garantizando un nivel de vida equitativo para los productores de leche. Estos objetivos cuentan con pleno respaldo tanto en el Derecho europeo como en el marco constitucional.
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